Por: Yeily Alexandra Correa Manosalva
Lizeth Natalia Jauregui Sánchez
El término de migrante hace referencia a aquellas personas que se desplazan de su país de origen hacia otros, con el fin de mejorar sus condiciones de vida, lo anterior resulta importante en la medida que dicho concepto es sustancialmente diferente al de refugiado que es aquella persona que se ve obligada a huir de su país debido a persecución o amenaza de muerte por un conflicto armado o por cualquier otra razón de persecución en virtud de la nacionalidad, etnia, pertenencia a un grupo racial, religión o creencias políticas.
Hoy en día, alrededor de 3,7 millones de menores refugiados están sin escolarizar, más de la mitad de los 7,1 millones de menores refugiados en edad escolar.
A pesar de las grandes inversiones en educación primaria, el aumento inexorable del desplazamiento forzado en el mundo –incluidos refugiados, solicitantes de asilo, personas desplazadas dentro de sus fronteras y apátridas– significa que existen grandes diferencias entre los refugiados y los no refugiados a la hora de acceder a la educación.
Los países han hecho grandes esfuerzos para incluir a todos los niños en los sistemas educativos, aunque pueden verse obstaculizados por recortes en los recursos o afectados por políticas contradictorias. Así entonces, la condición de refugiado consiste en personas que huyen de conflictos armados o persecución y la condición de migrantes económicos consiste en personas que eligen trasladarse no a causa de una amenaza directa de persecución o muerte, sino principalmente para mejorar sus vidas, encontrar trabajo, educación, reunificación familiar u otras razones.
En este sentido los niños, niñas y adolescentes son una población mucho más vulnerable en los fenómenos migratorios, ya que deben trasladarse de manera abrupta o forzada dejando de lado las condiciones de vida a las que están acostumbrados, abandonando su entorno, su educación y en algunas ocasiones parte de su familia.
Ante esta eventualidad los Estados en cualquier contexto deben tratar al niño migrante con las mismas condiciones que son tratados los niños, niñas y adolescentes nacionales, y en esa medida deben desplegar las acciones positivas y afirmativas necesarias para garantizar sus derechos, y velar porque no exista vulneración de estos, especialmente de aquellos niños en situación de migración irregular.